Imagen relacionada

¿Te gustaría aprender a Facturar electrónicamente?
Tenemos los talleres que necesitas.¡Haz clic aquí!

Cuando el Servicio de Administración Tributaria – SAT, determinó que los contribuyentes con ingresos mayores a 4 millones de pesos al año deberían de emitir facturas electrónicas a partir del 1 de enero de 2011. En aquel entonces, las preguntas sobre como aplicar la tecnología eran muchas. Aún y cuando la facturación electrónica en México no era nueva, pues se venía utilizando de manera opcional desde el 2005,a la fecha; siguen existiendo dudas sobre su aplicación y sobre todo alrededor de los requerimientos tecnológicos para poder emitir facturas electrónicas que estén alineadas a las reglas de operación del SAT.

Múltiples proveedores ofreciendo aplicaciones para facturación electrónica

Cuando se identifica una oportunidad de negocio dentro de un mercado competitivo, son muchos los que apresuran sus ofertas para dar el primer golpe. México no fue la excepción en aquel 4to trimestre y para mediados del 2011, ya veíamos a un número considerable de proveedores inundar el mercado con opciones de “la mejor herramienta para facturar electrónicamente”.

Si el proceso de facturación por años se hacía por medios propios, la pregunta natural que surgió en todo contribuyente fue y sigue siendo: ¿Tengo que utilizar a un tercero para emitir mis facturas electrónicas?

¿Requiero de un tercero para poder facturar electrónicamente?

La respuesta a la pregunta anterior es “SI” pero no en toda la extensión de la palabra. Aquí es donde la desinformación y el desconocimiento le dan poca claridad al proceso de facturación del SAT. Muchos de nosotros creemos que tenemos que adquirir una herramienta para poder emitir facturas de manera electrónica. Lo anterior, esta fuertemente influenciado por los proveedores que tienen como prioridad en su agenda vender sus herramientas de facturación.

Resultado de imagen para factura electronica

No estamos obligados a comprar ninguna herramienta para facturar electrónicamente

Por disposición del SAT, es imposible quitarnos a un tercero para poder emitir facturas electrónicas, pero no para generar la propia factura. A continuación mostraremos un resumen de los pasos que se deben realizar para poder generar un XML timbrado. El XML timbrado es el producto final del proceso de facturación electrónica y en términos prácticos es la factura electrónica válida ante el SAT. La factura impresa se conoce ahora como la interpretación física de ese XML timbrado.

Paso 1: Generación de la cadena original

Paso 2: Generación del sello digital

Paso 3: Generación de XML Timbrado (Factura electrónica)

De acuerdo a los pasos anteriores, existen sólo dos eventosdentro del proceso de facturación que dependen de terceros. El primero de ellos es el certificado del SAT (que sólo se tiene que solicitar una vez y tiene un vigencia de dos años) y el segundo es el proveedor autorizado por el SAT quien le anexa un “Timbre” al XML que le enviamos. De estos dos, el único elemento que genera dependencia y costo al proceso de facturación electrónica es el del timbrado.

Lo anterior son buenas noticias para todos, pues quiere decir que los contribuyentes (tú y nosotros) podemos construir nuestro propio motor de facturación electrónica, sin tener que depender de terceros excepto por el timbrado de nuestro XMLs o facturas.

Una de las grandes ventajas de construir tu propio motor de facturación es que lo puedes integrar a tu actual sistema, en el cual tienes los datos de tus clientes, tus ventas y contabilidad; de esta manera tu información financiera y fiscal será mas íntegra y confiable, y reducirás errores generados por tener mas de un sistema trabajando de manera independiente.

Te esperamos en el próximo artículo en donde hablaremos mas acerca de estos temas que hoy en día son de importancia e interés en el mundo de la tecnología.

¿Te gustaría aprender a Facturar electrónicamente?
Tenemos los talleres que necesitas.¡Haz clic aquí!
About Author

NGuerrero

0 0 votos
Article Rating
Suscribir
Notificar de
guest
0 Comments
Comentarios.
Ver todos los comentarios
0
¿Te gusta este articulo? por favor comentax